Ante la gran cantidad de dudas que se producen con respecto a las inspecciones y revisiones vamos a intentar aclararlas en esta entrada:

¿Hay que pasar inspección o revisión en una instalación de gas?

Muy fácil, si dispones de un contrato y es gas canalizado deberás pasar INSPECCIONES, por el contario, si tu uso del gas es sin contrato (bombonas) deberás pasar REVISIONES:

INSPECCIONES DE GAS:

Debe realizarse cada 5 años y le empresa suministradora (REPSOL BUTANO, GAS NATURAL, ENDESA, etc.) debe avisar con 3 meses de antelación y la inspección la pueden hacer ellos o una empresa instaladora a su elección. Sea como sea usted no deberá abonar nada en metálico, sino que se lo cobrarán en la factura habitual. Eso sí, ¡cuidado! Ya que el precio es libre, solicite varios presupuestos.

REVISIONES DE GAS:

Debe realizarse cada 5 años y es el propio usuario quien tiene que estar al tanto y llamar a una empresa instaladora a su elección. Aquí se debe abonar directamente a la empresa, aunque como en el caso anterior el precio es libre, solicite varios presupuestos. Algo importante, si no hemos llamado a ninguna empresa instaladora nosotros, ninguna empresa puede entrar nuestra vivienda a realizar la revisión sin nuestro permiso. No se fíe de las empresas que van puerta a puerta.

¿Y el mantenimiento de los aparatos como calderas, calentadores, etc.?

Con respecto a los equipos domésticos más habituales:

–        Calderas murales a gas cada 2 años

–        Calderas de gasóleo u otros combustibles cada año.

–        Calentadores a gas cada 5 años.

Para finalizar debemos comprobar que las empresas estén legalmente establecidas como instaladoras de gas para las inspecciones y revisiones y mantenedora térmica (RITE) para el mantenimiento de los aparatos.