Las inspecciones de la instalación de gas canalizado (la que no va con bombonas) son obligatorias y se deben realizar cada 5 años, para ello la empresa distribuidora (como puede ser GAS NATURAL, REPSOL GAS, MADRILEÑA DE GAS, etc.) deberá ponerse en contacto con el cliente e informarle de que tiene que pasar la inspección; esta inspección (a elección del cliente) la puede realizar la propia empresa distribuidora o una empresa instaladora elegida libremente por el cliente.
Si elige a una empresa instaladora, antes de la fecha límite (45 días como máximo después de que cumpla la inspección) que le indique la compañía distribuidora tendrá que haber realizado la inspección y deberá enviar el certificado de la misma a la compañía distribuidora, si no lo hace, ésta realizará la inspección al precio marcado por ella misma.
Este coste está fijado únicamente para las empresas distribuidoras, consulte en su Comunidad Autónoma. No está regulado el precio que cobra una empresa instaladora por lo que es conveniente solicitar distintos presupuestos. Es muy importante saber que el importe se le cobrará en la factura normal y que la empresa instaladora NO COBRARÁ NADA DIRECTAMENTE al usuario. Eso, sí, deberá recibir la factura por los servicios prestados.
Tras realizar la inspección dará un ejemplar del certificado de inspección o del informe de anomalías (si hubiera alguna), al titular de la instalación, y quedándose con una copia firmada por el usuario. Toda esa documentación deberá ser remitida a la empresa distribuidora que efectuará el abono de la factura a la empresa instaladora.
Posteriormente, la empresa distribuidora ingresará mediante transferencia el importe de la inspección a la empresa instaladora.
Solamente los instaladores de categoría A, B o C pueden realizar las operaciones de inspección, y en ningún caso podrán arreglar las anomalías a fin de evitar fraudes.
Para montar una empresa instaladora es necesario estar habilitado en las categorías anteriores. La forma más cómoda hoy en día es realizar el certificado de profesionalidad ENAS0110 con el que obtienes la habilitación como instalador de gas de categoría B y como agente de puesta en marcha, mantenimiento, reparación y adecuación por cambio de familia de aparatos a gas.
DCD Formación es una entidad acreditada por la Dirección General de Formación y el SEPE para impartir y evaluar de forma directa ese certificado de profesionalidad.