Muchos instaladores o mantenedores RITE, frigoristas o los que han realizado algún curso para la obtención del certificado de manipulador de gases fluorados se quejan de lo dispersa que está la normativa y que no les queda claro cuál es la que está en vigor.

La normativa y reglamentación comienza con la firma de los protocolos a nivel internacional como el de Montreal (en el que se trataba el problemas de los gases clorados CFC y HCFC) o el Kyoto ( gases fluorados HFC) auspiciados por las Naciones Unidas. En ellos se trataron los problemas que se producen por el uso de los distintos gases: Agotamiento de la capa de ozono y el calentamiento de la atmosfera por efecto invernadero.

Luego para cumplir el protocolo de Kyoto, la UE publicó el Reglamento (CE) nº 842/2006, a fin de regular el uso de gases fluorados que producen el efecto invernadero, así se controlaron los HFC (hidrofluorocarbonados como el R410A o el 407C por citar a los dos más usados en climatización).

Con ese reglamento reducir las emisiones de gases fluorados de efecto invernadero cubiertos por el Protocolo de Kyoto. ¿Cómo? Obligando a recuperar los gases y evitando en la medida de lo posible su emisión a la atmosfera por fugas. Crea, por primera vez, la obligación de obtener una certificación del personal como manipulador de gases fluorados y las condiciones de reconocimiento mutuo entre los distintos países de UE.

Así se aprobó el Reglamento (CE) nº 303/2008 de la Comisión de 2 de abril por el que se establecen los requisitos mínimos y las condiciones de reconocimiento mutuo de la certificación de empresas y personal en lo que se refiere a los equipos de refrigeración, aire acondicionado y bombas de calor que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero.

Se reguló también el control de las fugas y los etiquetados con el Reglamento (CE) nº 1494/2007 de la Comisión de 17 de diciembre, sobre la forma de etiquetado de los productos y aparatos que contengan determinados gases fluorados y el Reglamento (CE) nº 1516/2007 de la Comisión de 19 de diciembre por el que se establecen los requisitos de control de fugas estándar para los equipos fijos de refrigeración, aires acondicionados y bombas de calor que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero.

Posteriores reglamentos (como el Reglamento (UE) no 517/2014) y otras directivasse han aprobado también, pero debemos saber que las directivas europeas no son de obligado cumplimiento hasta que se realice su trasposición a la normativa nacional mediante Real Decreto, o similar.

Finalmente el Gobierno de España adapto esa normativa europea a la normativa nacional mediante el  Real Decreto 795/2010, de 16 de junio, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan, que complementa la reglamentación existente en esta materia y cuyo objetivo es minimizar las emisiones de fluidos organohalogenados. Este Real Decreto es la normativa de referencia y la reglamentación de obligado cumplimiento.